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Taller clandestino de Luis Viale: tras el veredicto, la justicia apunta a los dueños

Escrito por el 26 de junio de 2016

Diez años después de la muerte de 6 personas, niños casi todos, en el incendio del taller textil ubicado en Luis Viale al 1200, el juez Oliden leyó el veredicto: 13 años para los imputados Sillerico y Correa, decomiso de las máquinas, orden de investigar a los dueños del taller, e investigar el accionar de Policía y funcionarios públicos. Aquí, un aporte más de una cobertura conjunta de La Colectiva y La Retaguardia, que no comenzó con este juicio, ni siquiera cuando se dio el incendio, sino mucho antes, cuando se dieron las primeras denuncias de la proliferación de talleres clandestinos para la confección textil(Por La Retaguardia y La Colectiva)

 


Diez años después de la muerte de 6 personas, niños casi todos, en el incendio del taller textil ubicado en Luis Viale al 1200, el juez Oliden leyó el veredicto: 13 años para los imputados Sillerico y Correa, decomiso de las máquinas, orden de investigar a los dueños del taller, e investigar el accionar de Policía y funcionarios públicos. Aquí, un aporte más de una cobertura conjunta de La Colectiva y La Retaguardia, que no comenzó con este juicio, ni siquiera cuando se dio el incendio, sino mucho antes, cuando se dieron las primeras denuncias de la proliferación de talleres clandestinos para la confección textil(Por La Retaguardia y La Colectiva)



"Festejar no se puede. Sí estamos muy conformes con nuestro trabajo y agradecemos la actitud del fiscal, este último fiscal, Fabián Céliz, el único que realmente se comprometió con la investigación", expresó Myriam Carsen, abogada querellante, junto a Gabriel Chamorro. "No deja de ser triste que las cosas hayan ocurrido y uno hubiera esperado que esto no pasara", agregó apenas terminada la lectura, en diálogo con Daniel Giovannini de Radio La Colectiva.

La lectura del veredicto fue el 21 de junio, en la sala de audiencias, y estuvo a cargo del presidente del tribunal Oral N°5, Rafael Alejandro Oliden. En cuanto a los imputados, Luis Sillerico Condori  y Juan Manuel Correa, se dispuso su inmediata detención, informando al Consulado boliviano en el caso de Sillerico, debido a su nacionalidad. La resolución dispuso, en sus puntos segundo y tercero, respectivamente, condenarlos como coautores penalmente responsables "del delito de reducción a la servidumbre en concurso ideal con estrago culposo seguido de muerte a la pena de 13 años de prisión, accesorias legales y costas".

El rumbo de la justicia fue cambiando a medida que las declaraciones -a lo largo de las doce jornadas de audiencia-, sensibilizaban a los jueces y a los presentes en la sala. "Estamos conformes con el fallo”, dijo Jerónimo Montero, investigador del Conicet, en diálogo con Fernando Tebele y María Eugenia Otero, en el programa radial La Retaguardia. “La causa estaba por prescribir debido a ser considerada sólo estrago culposo (pena máxima de 5 años, por ello la prescripcion). Este hecho fue revertido por Casación al sostener juicio oral -comenzó el 18 de abril- y que sea allí donde se decidiera si prescribía o no. Con esta sentencia, pasamos de 0 a 13 años; visto de afuera puede sorprender, sin embargo, al presenciar los debates resultaba evidente que el veredicto del juicio oral fallara con esta magnitud", dijo Montero, también docente, quien interviene en la campaña de difusión del caso iniciada a principios de este año, cuando se sospechaba tal prescripción. "Lo culposo (sin intención ni posibilidad de preverlo) no cambió, aun con las evidencias que en el incendio hubo dolo (intención), dadas las condiciones de vida terrible y cables colgando que no escapaban al conocimiento de los talleristas. Al respecto, la querella está analizando la posibilidad de apelar el fallo por este lado. Incluso, la jueza Ruiz López falló a favor del dolo eventual".

Además del logro de justicia reparadora al reconocer maltrato, explotación y servidumbre, el avance hacia "arriba" en la cadena de responsabilidades resultó destacable: "Se ha dispuesto que se investigue a Daniel Fishberg y Jaime Geiller -expresó la abogada Carsen-, los dueños del taller, ahora queda en el Tribunal la determinación. Entendemos que van a investigarlos y los van a procesar. Deberían haberlo hecho hace diez años. Continúa la investigación en manos de la Justicia y nosotros nos vamos a presentar como querellantes. En realidad, lo que se hace es reabrir la causa para continuar la investigación respecto de ellos. Siempre una sentencia es un precedente".

De acuerdo al punto quinto de la resolución, la investigación aplicará tanto a los dueños del taller como de las marcas que se producían allí, ya que en este caso, los dueños citados producían en el taller una serie de marcas de indumentaria masculina como JD, Wol y LDV junto con sus hijos (Damián y Javier): "Devolver la presente causa al Juzgado de Instrucción N° 27, Secretaría 124, para que continúe con la investigación del  hecho traído a juicio ante la posible participación de los copropietarios del inmueble sito en la calle Luis Viale 1269/1271 de esta Ciudad, Daniel Alberto Fishberg y Jaime Abraham Geiller y toda otra persona que estuviera vinculada con los hechos aquí juzgados", dejando la propiedad del taller a disposición de la Justicia.

En el caso de Policia e inspectores, la abogada agregó: "Creo que la policía y los funcionarios son un tema más delicado porque hubo una investigación, mal hecha, pero hubo. Habrá que ver qué pasa cuando llegue al Juzgado y las defensas se presenten".

"La expropiacion de las máquinas la pidió el fiscal -explicó Montero-, es una práctica  común. Más de la mitad de los juzgados federales en denuncias de explotación laboral en talleres textiles han confiscado máquinas. O sea, está sucediendo con bastante normalidad, enmarcado en el Art. 23 del Código Penal: se expropian los bienes con los cuales se llevaba a cabo la explotacion. Estaría bueno que se expropie la propiedad, sobre todo si se encuentra culpable a los dueños de las marcas".

Construcción de la sentencia 

La articulación y organización entre colectivos e investigadores motorizó la difusión y sensibilización necesarias para generar presión social, luego de 10 años de impunidad: "En diciembre, cuando Casación determinó que la prescripción sea resuelta en juicio oral, Luis Fernando, padre de Harry (quien tenía 3 años al morir en el incendio), fue contactado por Simbiosis Cultural, colectivo de migrantes bolivianos. A partir de allí, nos incorporamos investigadores, gente dedicada a la comunicacion visual, y otras de diferentes áreas, y establecimos un cronograma de trabajo que comenzó en febrero. A su vez, a través de la Red Nacional de Medios Alternativos (RNMA) se empezó a levantar la noticia, y a partir de allí tomó mayor difusión e incluyó a los medios masivos", contó Montero.

El proceso de construcción de esta campaña de difusión fue dando frutos paso a paso: "Logramos el apoyo de legisladores, de un amplio abanico de partidos, hablamos con organizaciones sociales también -agregó. Se iniciaron campañas de foto, spot, edición de videos y la principal herramienta fue el blog propio".

Estos medios generaron comunicación propia que terminó siendo fuente no sólo para los medios alternativos sino también para los tradicionales, con la voz de los protagonistas como centro de atención y divulgación, premisa básica de quienes integramos la RNMA.

El incendio ocurrió el 30 de marzo de 2006, murieron Juana Vilca (de 25 años), Wilfredo Quispe Mendoza (15), Elías Carbajal Quispe (10), Luis Quispe (4), Rodrigo Quispe Carbajal (4) y Harry Rodríguez, de 3 años, hijo menor de la pareja querellante. El taller, ubicado en Luis Viale 1269, tiene su fachada pintada con los diseños que año tras año el colectivo Simbiosis Cultural intentó reflejar la in-justicia. Allí, cuatro siluetas quedaron representadas detrás de los barrotes; por ahora, se hizo justicia con dos.

 

 


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