TramaS – 20-09-2015
Escrito por La Colectiva Radio el 20 de septiembre de 2015
Domingos 20:00 a 21:00 hs – TramaS (Retransmisión)
Larisa Kejval – Las Audiencias de la Radios Comunitarias y Populares. “Fiesta. Pasión por comunicar. Explosión expresiva. Deseo popular de hablar, de contar, de gritar, de disfrutar. Experimentación. Creación. Producción libre. Son todos conceptos que ilustran uno de los motores de las radios comunitarias, alternativas y populares en sus primeros años de vida, en sintonía con un clima de época, luego de años de censura y de silencio. Pero los deseos y necesidades de expresión de diversos sectores de la sociedad civil se chocaron con un sistema de propiedad de medios de comunicación y con una legislación en radiodifusión que tornaban imposible la realización del derecho a la comunicación en un marco de legalidad. Hacia fines de los ´80 el sistema de propiedad de medios de comunicación de nuestro país estaba conformado, principalmente, por emisoras privadas comerciales, caracterizadas por sus fines de lucro, y por emisoras de propiedad del estado, caracterizadas, salvo algunas excepciones, por la definición de sus objetivos y programaciones en relación directa con los intereses de los gobiernos de turno.” (Cita de “Truchas. Los proyectos político-culturales de las radios comunitarias, alternativas y populares argentinas”, escrito por Larisa Kejval. Buenos Aires, Prometeo Libros, 2009)>
Escuchar:
El decreto hace referencia de esta forma, a que resulta importante arbitrar medidas necesarias “para promover la erradicación de la difusión de mensajes e imágenes que estimulen o fomenten la explotación sexual de personas en medios masivos de comunicación; y en especial, los avisos de la prensa escrita los cuales pueden derivar en una posible captación de víctimas de trata de personas”. En ese sentido, “se considera que los avisos publicados y/o transmitidos por los medios de comunicación que promueven la oferta sexual son un vehículo efectivo para el delito de trata de personas”. Asimismo, quedan comprendidos en este régimen todos aquellos avisos cuyo texto, haciendo referencia a actividades lícitas resulten engañosos, teniendo por fin último la realización de alguna de las actividades aludidas en el párrafo precedente.”
(Fragmento de Ley Anti Trata, texto escrito por Marcela Aszkenazi, publicado en Sociales en Debate, Nº 4, marzo de 2013)
Etiquetado como:Fiesta