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¡Argentinos Juniors no se vende!

Escrito por el 31 de enero de 2024

Charlamos con Kevin Libsfraint, Vicepresidente 2º de la Asociación Atlética Argentinos Juniors por la vigencia del DNU que afectaría a miles de entidades deportivas.

El DNU, que tanto ruido trae en estos días de sesiones, entre tejes y manejes ya está en vigencia. Sí, hace un mes, el 29 de diciembre (casualmente el santoral de ese día le rinde homenaje al Santo Tomás Becket que fue Arzobispo de Inglaterra, cuyos desacuerdos con el rey sobre la implementación de leyes que afectaban a la Iglesia Católica le costaron no solo el exilio, sino también la muerte…) entró en vigencia el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023.

Este Decreto, en sus artículos 335° y 345°, modifican el artículo 19 bis de la norma N° 20.655, conocida como Ley del Deporte, permitiendo la creación de entidades deportivas como sociedades anónimas.

El artículo 335 ordena incorporar en la Ley de Sociedades Anónimas que “no podrá impedirse, dificultarse, privarse o menoscabarse cualquier derecho a una organización deportiva, incluyendo su derecho de afiliación a una confederación, federación, asociación, liga o unión, con fundamento en su forma jurídica, si la misma está reconocida en esta ley y normas complementarias.”

Y el artículo 345 estableció que “las asociaciones, federaciones y confederaciones deportivas dispondrán de un año, contado a partir de la reglamentación del presente, para modificar sus estatutos a efectos de adecuarse a los términos previstos por aquel, lo que deberá ser aplicado sin perjuicio del cumplimiento de los mandatos preexistentes”.

De esta manera queda habilitado que cualquier entidad deportiva pueda asumir la figura legal de Sociedades Anónimas Deportivas (SAD).

Kevin Libsfraint nos contó que dentro de las preocupaciones del club, hay otras mas generales ya que: “El planteo que también hace este DNU va en sentido contrario a los estatutos de la AFA, más allá de que la mayoría de los clubes prohíben ser Sociedades Anónimas Deportivas, por lo que todos esos clubes para convertirse en SAD, tendrían que pasar primero por un cambio de estatuto”. Además, a nivel tiempos “es un poco más complicado, también pretende obligar a la AFA a modificar su estatuto y a admitir Sociedades Anónimas Deportivas. Hoy el estatuto de la AFA también prohíbe esa figura y ahí es donde debemos hablar de que el DNU no está tan en vigencia, por lo menos en este punto, porque plantea que la AFA tiene la obligación, dentro del periodo de un año, de regularizar la situación de su estatuto, a partir de la reglamentación de ese artículo y ese artículo aún no está reglamentado, por lo que entendemos que aún no está firme. Y también depende de lo que luego se vote y se apruebe o no el DNU en su conjunto”

Y con respecto al club que preside, nos agregó “En Argentinos Juniors estamos en contra de las Sociedades Anónimas Deportivas, si bien se votó y se aprobó esa postura en asamblea y se dejó firme una modificación estatutaria del club. Pero no es sólo para Argentinos Juniors sino para el fútbol argentino en general. Ese no es el fútbol argentino que deseamos por eso hablamos de estar en un rechazo (al DNU) del fútbol de Argentina en general”.

Además, Libsfraint nos contó que la estrategia pensada es  “seguir una línea conjunta con la conducción de la AFA, donde ya se marcó una postura con todos los clubes que están dentro. Así que la idea es trabajar en conjunto y no cada club por separado”.

Al día de hoy, miércoles 31 de enero, la Justicia Federal de Mercedes dejó sin efecto los dos artículos del DNU que firmó el presidente Javier Milei que autorizaban las Sociedades Anónimas Deportivas (SAD), ante un pedido de inconstitucionalidad que hizo una entidad civil, y le ordenó al Gobierno evitar avanzar con esa iniciativa hasta tanto haya una decisión de fondo. La resolución la tomó el tribunal a instancias de un recurso que presentó la Liga de Fútbol de Salto.

El Gobierno ya dijo que va a apelar la medida.

Fotos tomadas de redes sociales y página web oficial de AAAJ

 


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