La Justicia confirmó embargo a la ministra Acuña por no dar información sobre vacantes
Escrito por La Colectiva Radio el 2 de diciembre de 2022
La Justicia porteña confirmó el embargo a la ministra de Educación de la ciudad de Buenos Aires, Soledad Acuña, por incumplir un pedido de información pública sobre vacantes de la escuela número 6 «Naranjo en Flor», en el barrio porteño de Saavedra. La causa se inició en 2018.
«De acuerdo a la ley 104, de acceso a la información pública, solicité información en el año 2018 sobre la escuela Naranjo en Flor, en particular, sobre la capacidad de aulas, la cantidad de niños que habían elegido esa institución para ingresar», informó a Télam el abogado Eduardo Daniel Barreyro, quien forma parte del grupo Vacantes para todos y lleva adelante la causa.
«Iniciamos la demanda y tras la confirmación de ese pedido en segunda instancia y hasta del Tribunal Superior de Justicia, solicitaron a la ministra (Soledad) Acuña que otorgue esa información», añadió el letrado, quien interpuso el pedido de información sobre el establecimiento escolar del nivel inicial, ubicado en Galván 3710, en el barrio de Saavedra.
La causa «Barreyro, Eduardo Daniel contra GCBA sobre acceso a la información (incluye ley 104 y ambiental)» tramita en el juzgado número 21 de primera instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario. La jueza María Soledad Larrea lleva la causa y tras insistir nueve veces sobre el cumplimiento de otorgar la información pública solicitada y tener la misma posición confirmada por el Tribunal Superior de Justicia, hizo lugar a una multa diaria de tres mil pesos desde el 13 de marzo de este año, hasta tanto se diera efectivo cumplimiento a lo ordenado en la sentencia.
La resolución del 30 de noviembre de este año, confirma que corresponde aprobar la liquidación practicada por el letrado Barreyro, «hasta la suma de cuarenta y cinco mil pesos ($45000), hasta el día 10/3/2022, en concepto de sanciones conminatorias». Ese es el monto original, pero actualizado podría llegar a los 456.000. Ya anunciaron que la suma será donada a por lo menos dos colegios de la Ciudad. Esa suma se explica por la demora de (hasta ese entonces) 152 días hábiles. Una de los colegios en los que la cooperadora recibiría esos fondos es la Escuela Normal Superior N 2 DE 6 «Mariano Acosta», ubicada en el barrio porteño de Balvanera.
Esta información la brindó en un comunicado, el colectivo Vacantes para todos: “En el reclamo judicial se expresa que el «Mariano Acosta», ha sido elegido por el Ministerio de Educación como epicentro del ejercicio monopólico de la violencia del Estado, no necesariamente legítima. Cuando sus estudiantes se resistieron al trabajo forzoso, enviaron subrepticiamente a una persona subcontratada por el estado a cortar al energía eléctrica de la Escuela. Luego amedrentaron a las familias de estudiantes de Nivel Medio de la escuela con intimaciones que dudosamente soportarían el escrutinio de un estudiante de obligaciones civiles y comerciales”, expresaron. La otra mitad será destinada a la cooperadora de otra escuela.
La ley 104 en la que basan el reclamo es conocida como Ley de Acceso a la información pública. En su artículo 10 impone un plazo a los funcionarios para satisfacer el pedido, que no puede ser mayor a los quince días hábiles y que podrá ser prorrogado por única vez, por otros diez días. No existe ningún requisito para solicitar información a entes del Estado o a entidades privadas en cuanto a fondos de subsidios que hayan recibido. El trámite es simple, de libre acceso y gratuito y no requiere ser presentado por un letrado. Todos los niveles del Estado están obligados a brindar información, con algunas limitaciones.
La ley es muy minuciosa y presenta diferentes escenarios posibles en los que no se brinde la información requerida, incluso en su artículo 11 indica: “En el supuesto que la información requerida no pueda ser entregada dentro de los plazos establecidos en la presente ley, entre otros casos, por su voluminosidad, la dificultad de obtenerla o por la necesidad de compilar la información dispersa en diversas áreas, el sujeto obligado dentro de los quince (15) días hábiles de recibida la solicitud, deberá proponer una instancia para acordar entre el solicitante y el sujeto obligado la entrega de la información en un tiempo y uso de recursos razonables, que en ningún caso afecten su normal funcionamiento”. Sin embargo, son numerosos los incumplimientos y la mayoría de las veces quedan sin sanción.
Por su parte, la agencia gubernamental de noticias Télam, solicitó la opinión de la ministra respecto a esta causa sin obtener respuesta hasta el momento.