Canción actual

Título

Artista

Programa actual

Próximo programa

Música Colectiva

22:00 24:00


Informe ejecutivo del 3er Censo popular de personas en situación de calle

Escrito por el 3 de septiembre de 2025

El lunes 1 de septiembre se presentó el informe del Tercer Censo Popular de Personas en Situación de Calle de la Ciudad de Buenos Aires en el Salon Montevideo de la Legislatura Porteña.

El censo evidenció que en la CABA sobreviven 11.892 personas en situación de calle. Esto representa un aumento del 64% en comparación con el último censo popular de 2019 y un crecimiento acumulado del 170% en los últimos ocho años.

Fue organizado por más de 30 organizaciones políticas, sociales, sindicales y religiosas. En total participaron aproximadamente 900 personas de manera voluntaria en la tarea de censar, quienes fueron capacitados en las formaciones que se realizaron las semanas previas al censo, de manera presencial y virtual con un cuadernillo guía construido por la coordinación del censo.

El Censo Popular tuvo como objetivo realizar un relevamiento estadístico para conocer la cantidad y algunas características de la población en situación de calle efectiva en la Ciudad de Buenos Aires.

La población en situación de calle se define como población fluctuante (es decir población que no está asociada de manera permanente a un lugar concreto del espacio geográfico) y como población oculta (esto es, población cuyos comportamientos son estigmatizados y viven situaciones de violencia). Por estas dos características, se la considera como población de difícil acceso.

Horacio Ávila, referente de Proyecto 7 se refirió a la población que habita en situación de calle: «Hay criaturas, familias enteras, personas con discapacidad: todo lo que el gobierno nacional y el de la Ciudad de Buenos Aires no quiere y menosprecia.» Y agregó: «Es importante que los números no queden en números, que los números no queden solamente en estadísticas, que los números se transformen en acciones y esa es la convocatoria que nosotros, y creo que desde toda la Mesa, le hacemos a la mayoría de la ciudadanía. Transformemos estos números en acciones concretas. Esperamos que el año que viene cuando lo hagamos de nuevo, haya bajado el número, pero no porque los expulsaron o se murieron, sino porque hicimos la suficiente presión para impulsar políticas públicas reales».

Entre los principales hallazgos de este censo, se destacan:

-El 37,9% está como máximo hace un año en situación de calle.

-El 60% vivió siempre en la Ciudad de Buenos Aires.

-El 80,7% denunció haber sufrido violencia institucional, principalmente por parte de la Policía de la Ciudad y el Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana.

-El 64% reconoce un deterioro en su salud desde que vive en la calle.

-Más del 66% realiza alguna actividad laboral para subsistir, principalmente changas, cartoneo y ventas ambulantes.

El primer Censo Popular de Personas en Situación de Calle (CPPSC) realizado en el año 2017 arrojó que 4.394 personas vivian en la calle, el segundo realizado en 2019 registró 7.251, y el tercero realizado en 2025 relevó 11.892. Estas cifras representan un incremento del 65% (2019) y 64% (2025), lo cual se traduce en un aumento total de 170% en 8 años.

Es preciso mencionar el marco legal y el ámbito de aplicación:

Ley de CABA N° 3706: protege, de manera integral, los derechos de las personas en situación de calle y en riesgo de estarlo. Ejes principales: derecho a la vida y a la integridad física y psíquica: protección frente a amenazas, violencia y riesgos para la salud; derecho a la vivienda digna y a la protección habitacional: acceso a dispositivos, refugios y medidas para asegurar una vivienda temporal o permanente; derecho a la salud: acceso a servicios de atención primaria, tratamiento de urgencias, vacunación y seguimientos de estado de salud, independientemente de su situación administrativa; derecho a la protección social y laboral: acceso a prestaciones sociales básicas, inclusión en planes de empleo, capacitación y apoyo para la inserción sociolaboral; derecho a la educación y a la cultura: posibilidad de acceso a la educación formal o no formal y a actividades culturales; derecho a la debida diligencia y protección ante la violencia de género, explotación y trata (cuando corresponda): mecanismos de denuncia, acompañamiento y protección; derecho a la participación y a la voz: ser escuchados en las decisiones que afecten su vida, con procedimientos de participación y consulta; derecho a la movilidad y al acceso a servicios básicos: agua, saneamiento, higiene, alimentación y transporte cuando sea necesario; derecho a la información y a la confidencialidad: recibir información clara sobre servicios disponibles y resguardar la privacidad de sus datos personales; derecho a la intervención interdisciplinaria: trabajo conjunto entre salud, trabajo social, seguridad, justicia y vivienda para un abordaje integral; derecho a la protección ante vulneraciones y acceso a mecanismos de denuncia y reparación: vías administrativas o judiciales para solicitar protección, reparación o compensación.

 

Ley Nacional N° 27.654: Establece un marco para la protección de los derechos (vivienda, salud, educación, trabajo, entre otros) de las personas en situación de calle y obliga al Estado nacional a “promover políticas públicas transversales, y crear centros de integración social que presten servicios básicos de alojamiento, alimentación, higiene y cuidados de la salud”, también lo obliga a realizar un censo de personas viviendo en la vía pública y en paradores o centro de integración social (CIS).

Decreto Nacional N° 373/2025: modificó la Ley Nacional para hacer responsable de su implementación a los gobiernos provinciales y colocarse como mero coordinador de políticas locales a través de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia

“En primer lugar, nos parecía importante mencionar la Ley 27.654 del año 2021, que fue este año modificada por decreto, que es una práctica actual del Gobierno Nacional de modificar leyes o directamente derogarlas por decreto. Una ley que fue redactada y promovida por organizaciones.” Leandro Vera Cels

“Esta ley fue modificada este año por el decreto, donde se modificaron dos artículos particulares.”

“Primero, el Estado Nacional se corre de sus obligaciones. El Estado se corrió de ese lugar. Y además se eliminó un artículo donde involucraba a las organizaciones sociales a participar en las políticas públicas de gente en calle.  Hacer este censo es cumplir con la ley”.

“Están omitiendo y que es por eso que este censo se hace y que es por eso que este censo es importante porque muestra la cantidad de gente que vive que es mucho mayor a lo que se menciona en la ciudad y además estamos desde aquí proponiendo políticas y necesidades específicas a partir del resultado de este censo. Por último, mencionar que desde el Cels también estamos en un amparo colectivo donde estamos mencionando a la ciudad que cese con las políticas y con los enviamientos de orden y limpieza que han comenzado en la gestión de Jorge Macri, donde se prioriza el abordaje de la policía en detrimento del abordaje social”. Leandro Vera.

 

El análisis integral permite afirmar que las políticas actuales constituyen respuestas fragmentarias, transitorias y centradas en la emergencia, sin un abordaje estructural ni sostenido. La magnitud y complejidad de la problemática requiere:

-Un plan integral de vivienda y hábitat que garantice soluciones permanentes.

-Políticas de prevención de la situación de calle, que actúen antes del desalojo y la pérdida habitacional.

-Un enfoque intersectorial e interdisciplinario, que articule vivienda, salud, trabajo, educación y protección social.

El Tercer Censo Popular pone en evidencia que la situación de calle en la Ciudad de Buenos Aires no es un fenómeno aislado ni excepcional, sino la expresión de una crisis habitacional estructural y de un modelo de gestión estatal que aborda la emergencia sin garantizar derechos. El retiro del Estado Nacional y la falta de políticas integrales del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires agravan la crisis socioeconómica y con esto el aumento de la población en situación de calle.

https://www.censopopularcaba.com/Archivos/InformeEjecutivoTercerCensoPopularCABA.pdf

 

 


Opiniones

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.Los campos obligatorios están marcados con *