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MASACRE DE PERGAMINO-Ratifican arresto domiciliario a 4 policías

Escrito por el 15 de octubre de 2017

A pocas horas de comenzar la feria judicial, La Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de Pergamino confirmó el arresto domiciliario, otorgado en primera instancia, a cuatro de los seis policías imputados por la muerte de siete jóvenes en los calabozos de la seccional primera. La Comisión Provincial por la Memoria emitió un comunicado al respecto.
COMUNICADO DE LA Comisión Provincial por la Memoria
MASACRE DE PERGAMINO: RATIFICAN ARRESTO DOMICILIARIO PARA CUATRO IMPUTADOS
Los beneficios a los policías atentan contra la búsqueda de justicia
La Comisión Provincial por la Memoria (CPM) repudia la decisión de la Cámara de Apelaciones que ratificó el arresto domiciliario para cuatro de los seis policías imputados por la Masacre de Pergamino. Las querellas y el fiscal de la causa, Néstor Mastorchio, habían denunciado estrategias de entorpecimiento de la investigación judicial por parte de los imputados y sus defensores; sin embargo, la decisión de la Cámara desestimó estas advertencias. La CPM volverá a apelar porque entiende que tal decisión es contraria a la jurisprudencia vigente, agravia a los familiares de las víctimas y atenta con la búsqueda de justicia.

La semana pasada el juez de Garantías, César Solazzi, concedió el arresto domiciliario con monitoreo satelital a través de una tobillera con GPS a los cinco imputados por la Masacre de Pergamino. Ahora, la Cámara de Apelaciones ratificó esa medida para cuatro de los cinco policías. Tanto la decisión de Solazzi como de la Cámara desconocieron el peligro de fuga y la probabilidad de entorpecer la investigación. Todo esto sucede mientras el Comisario Alberto Donza continúa prófugo de la justicia.

Ante la gravedad de esta situación, la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) repudia la decisión de la justicia y advierte una vez más con preocupación la selectividad y privilegios que reciben, en muchos casos, los integrantes de la fuerza de seguridad. Asimismo, la CPM exige que se revea la aplicación efectiva de este beneficio porque entiende que pone en serio riesgo el avance de la causa judicial.

En ese sentido, el organismo recuerda que, desde el primer momento, la policía —valiéndose del carácter corporativo de las fuerzas de seguridad— intentó entorpecer la investigación. Entre las pruebas que existen en la causa, se determinó que fueron adulteraron los libros de la Comisaría; una vez imputados, ellos y sus defensores realizaron cuestionamientos generales sobre los actores del departamento judicial y denunciaron amenazas que nunca pudieron ser comprobadas.

Todas estas advertencias y denuncias presentadas por las querellas y por el fiscal Néstor Mastorchio fueron desoídas primero por el juzgado de Garantías y luego por la Cámara de Apelaciones. De hecho, resulta significativo el cambio de parecer del juez Solazzi puesto que él mismo, dos meses antes, había dictado la prisión preventiva de los imputados reconociendo el peligro de fuga y la probabilidad de entorpecer la investigación.

Entre un momento y el otro, la única novedad fueron los informes socioambientales y pericias psiquiátricas, que sostuvieron que los imputados cuentan con una estructura de “contención familiar”. Para Solazzi, esos resultados bastaron para considerar que se habían neutralizado las circunstancias que llevaron al dictado de la prisión preventiva. Sin embargo, la CPM señaló durante la audiencia en la Cámara de Apelaciones que esas definiciones resultan insuficientes para sostener una resolución que, a su vez, es contraria la jurisprudencia vigente y constituye un agravio a los familiares de los siete jóvenes que murieron quemados y asfixiados en la Comisaría 1ª.

Si bien la prisión preventiva no debe ser un recurso procesal de utilización sistemática porque vulnera los principios constitucionales de las personas no condenadas, sí debe ser considerada en aquellos casos, como éste, en los que exista la posibilidad de riesgo de fuga o entorpecimiento de la investigación penal. Las estrategias de encubrimiento por parte de los imputados y el estado prófugo del comisario Donza son prueba fehaciente de ese riesgo.

En este marco, la CPM —que patrocina a las familias de Sergio Filiberto, Fernando Latorre y Franco Pizarro— espera que la resolución sea revisada y que la justica tenga en cuenta la gravedad del hecho por el carácter de funcionarios públicos de los imputados como así también la elevada pena que tiene el delito por el que se los imputa.

Finalmente, la CPM señala que, desde el primer momento, la comunidad de Pergamino acompañó masivamente a los familiares de las víctimas en cada una de las marchas que siguen reclamando “Justicia por los 7”. En ese sentido, la reciente decisión de la Cámara de Apelaciones también desconoce el reclamo popular para que estos delitos sean condenados de manera proporcional al daño que han impuesto no sólo a las víctimas directas de la Masacre sino a toda la sociedad.


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